La resolución emitida el 6 de Mayo de 2013 por el Ministerio de salud y protección social de Colombia, establece los últimos procedimientos y condiciones que deben cumplir los prestadores de servicios de salud para habilitar los servicios, también se dictan otras disposiciones.
Esto afecta a las instituciones prestadoras de servicios de salud, a los profesionales independientes de salud, a los servicios de transporte especial de pacientes y las entidades con objeto social diferente a la prestación de servicios de salud, que brinden servicios de baja complejidad y consulta especializada.
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DARIO (miércoles, 05 junio 2013 20:22)
ME PARECE MUY BIEN